ECU Complementary Private Currency
Terms & Conditions of Use
1. TERMS AND CONDITIONS OF USE
1.1 ONLY ACCOUNT HOLDERS
Only registered account-holders may use the system to advertise and trade and no third party may trade through a registered account holder's account. Shared accounts must name one person who is responsible for the account.
1.2 ECU-BASED EXCHANGES
An account-holder may not use the facilities of the CES for advertising purely Euro-based offerings. Trades may be advertised and effected for part ECUs and part Euros provided that the Euro component shall not exceed the ECU component, unless the Euros are for necessary disbursements made by the Seller.
1.3 NORMAL TRADING LAWS APPLY
The normal commercial laws of the land between trading parties shall govern all transactions and each party to a transaction takes responsibility for normal legal liabilities, obligations and risk.
1.4 ENTRIES
Trades are entered into the system by the seller on the basis indicated on the CES website, which procedure may be changed from time to time.
1.5 LEVIES
1.6.1 |
The administration shall be entitled to charge levies against trades done via the exchange as well as any Euro portion of a trade. The administration shall be entitled to levy charges in either ECUs or Euros against the Euro portion of any transaction made. |
1.6.2 | The amount of the levy shall be as set or amended by the administration from time to time. |
1.6.3 | The administration shall be entitled to use the levies accrued to manage and further the aims of the ECUC as well as the CES. |
1.7 CREDIT/DEBIT LIMITS
1.7.1 | All new accounts are created with a balance of zero ECUs. |
1.7.2 | Account-holders shall not incur a debit balance in their accounts. The credit limit is 20,000,000 ECU. |
1.7.3 | The administration may set limits to the extent to which accounts may go into debit and credit. |
1.7.4 | The administration may set and adjust criteria according to which account limits may be set. As a result debit and credit limits may vary from account to account. |
1.8 EXCEEDING LIMITS
It shall be the duty of each seller in a transaction to ensure that the buyers have not exceeded their limits before agreeing to a transaction. If a buyer's debit limit is exceeded then the transaction may be declined by the administration, in which event:
1.8.1 | The seller will have to take recourse against the buyer personally |
1.8.2 | The seller shall be entitled to claim the amount owed in ECUs in Euros on the basis of one Euro being equal to one ECU. |
1.9 INTER-EXCHANGE TRADE
The administrator of the CES shall be entitled to set limits to the amount of credit that trading exchanges may incur vis a vis other exchanges as well as lay down terms and conditions governing inter-exchange trading.
1.10 ACCOUNT INFORMATION
Trading balances are available to all account-holders but details of individual purchases are not.
1.11 ADVERTISING
Advertisements for offerings should be honestly described. Advertisements considered offensive to others, inaccurate, illegal or contrary to the ethics of the system may be withdrawn by the administration without consultation.
An offer advertised on the system amounts to an invitation to do business only and shall not constitute an irrevocable offer to all.
1.12 NO INTEREST
Account-holders can not charge interest for lending ECUs to other members.
1.13 ONLY ONE ACCOUNT
Unless otherwise authorised by the administrator, account-holders may only operate one account in the system.
1.14 STALE ACCOUNTS
1.14.1 | If any account becomes stale in the opinion of the administrator, the administrator shall be entitled to call up the account, after having given reasonable notice to the account-holder, in which event: | |
1.14.1.1 | Any credit balance will be forfeited unless the account-holder brings their account balance back to zero | |
1.14.1.2 | Any debit balance shall become immediately due and payable | |
1.14.1.3 | If such debit balance on a stale account is not cleared with ECUs or Euros within the time allowed by the administrator, the administrator shall be entitled to proceed against the account-holder. For this purpose the administrator shall be entitled to institute action in his own name. | |
1.14.2 | Any account-holder with a stale account will not be entitled to re-apply for an account with the ECUC or the CES until their obligations towards the ECUC or the CES have been met. | |
1.14.3 | An account will automatically become stale if there has been no activity on the account for 2 years. "No activity" will mean either no sales or no purchases or no log-in by the account-holder. |
1.15 LEAVING AND DE-REGISTERING
If an account-holder wishes to leave the exchange voluntarily, they shall apply to the administrator for deregistration of their account. In such event the same terms and conditions relating to stale accounts as per Clause 1.14 shall apply as if the account was stale.
1.16 SUSPENSION AND TERMINATION
1.16.1 | The administration can suspend an account of any account-holder who breaches any material trading rule or who acts in a way considered to be unethical or contrary to the norms of the CES. |
1.16.2 | The administration shall notify any account-holder if his or her account has been suspended, and the account-holder shall have 15 (fifteen) calendar days to dispute the suspension. If no dispute is declared the administration shall then be entitled to terminate the account, in which event it shall be treated as if it was a stale account in terms of Clause 1.14 above. |
1.17 CHANGES
The administrator shall be entitled to change the terms of use from time to time. In such event the applicable terms will be those prevailing at the time of the action or transaction involved.
2. DISCLAIMERS
2.1 | Neither the CES nor the ECUC are party to any transaction between a buyer and a seller and accept no responsibility for the performance of trading parties nor as to their identity or trustworthiness nor as to the subject matter of any trade. |
2.2 | Neither the CES nor the ECUC accept responsibility for any loss or damage occasioned to any account-holder as a result of information received via the system becoming available to other account-holders or outsiders. |
2.3 | Account-holders agree to indemnify and hold harmless the CES and the ECUC and the administration and any of their employees or agents from any incident of loss or damage arising out of the use of the system. |
3. OTHER CLAUSES
A continuación se describen los términos y condiciones conforme a los cuales la compañía ECUCOIN le ofrece acceso a nuestros servicios como Miembro Comerciante del esquema de moneda privada complementaria denominada “ECU” (abreviatura de ELECTRONIC CURRENCY UNIT, cuyo símbolo es Ê).
ECUCOIN (en adelante, la compañía) es la marca comercial con la que se denomina a una sociedad colectiva española, cuya razón social es “López & Valenzuela”, S.C.
Con el registro como miembro en la website que se indique, y la apertura de una cuenta en ECU, entiende que tácitamente acepta el contenido del presente Acuerdo como Miembro Comerciante, acepta cumplir con todos los términos y condiciones indicados más abajo. Cualquier uso de los servicios de la moneda ECU por el Miembro Comerciante constituye la aceptación de todas las cláusulas subsiguientes de dichos términos y condiciones de carácter más recientes adoptadas.
1. Acuerdo y modificación del Acuerdo
* Este Acuerdo será efectivo entre las partes a la fecha de solicitarse el registro y apertura de una cuenta en ECU y permanecerá efectivo hasta que sea modificado.
* La Política de Privacidad y otros Acuerdos particulares son parte de este Acuerdo. Con total discrecionalidad, la compañía puede modificar este Acuerdo concediendo al Miembro Comerciante un plazo de preaviso de un mes por escrito vía email.
* Cualquier compra o venta del Miembro Comerciante, que haga uso de la moneda ECU tras ese periodo de tiempo, constituye aceptación del Miembro Comerciante de dichos cambios y el acuerdo del Miembro Comerciante de regirse por los mismos.
* Las modificaciones al Acuerdo pueden incluir cualquier posible futura tasa de entrada, tasa de membresía, tasa por operaciones, tasa de cambio, cargos de mantenimiento de cuenta, u otras tasas o cargos.
* Para evitar confusiones, el Miembro Comerciante no tendrá la potestad de modificar los términos de este Acuerdo.
2. Definiciones
* La referencia a “nosotros” o “nuestra” hace referencia a la sociedad ECUCOIN.
* La referencia a ECU significa la abreviatura de la moneda privada ELECTRONIC CURRENCY UNIT.
* La referencia a “usted”, “tú”, “ustedes” o “vosotros” hace referencia al Miembro Comerciante del esquema de la moneda ECU.
* Con “usuarios” hacemos referencia a todos aquellos registrados en el esquema monetario, ya sean personas físicas o jurídicas, públicas o privadas.
* Con “contenido” nos referimos a todo el material subido a la página web oficial incluyendo mensajes, imágenes, audio, video, revisiones, etc
* Con “uso” nos referimos a copiar, cambiar, borrar, distribuir, traducir o mezclar el contenido.
* Con “postear” nos referimos a hacer disponible el contenido a los usuarios.
* Con “vendedor” y “comprador” nos referimos a los vendedores y compradores en los negocios jurídicos sobre bienes y servicios a cambio de la moneda ECU.
3. Participación en el esquema monetario.
A. NATURALEZA DE LAS PARTES
* La compañía opera una asociación informal de empresas y consumidores que se asocian para realizar operaciones jurídicas y transacciones entre ellos y a través de un sistema organizado que está regulado por el servicio administrativo de la compañía y mediante el uso de la moneda ECU. La compañía actúa como cámara de compensación de las transacciones y operaciones de los miembros asociados.
* La compañía regula la red de asociados. La compañía actúa como un tercero con labores contables y administra la función de compensación para la citada red de asociados Miembros Comerciantes. La compañía puede contratar con otros para proveer todo o parte de ese servicio.
B. ELIGIBILIDAD & CUALIDADES
* El Miembro Comerciante es una persona física o jurídica o empresa legal que actúa de buena fe y por ello se subscribe a los servicios de la compañía. El Miembro Comerciante garantiza el complimiento de toda la normativa nacional, industrial o profesional, incluyendo la normativa sobre protección de consumidores y usuarios. La compañía no será responsable en ningún caso por cualquier razón de la incapacidad o imposibilidad del Miembro Comerciante de cumplir con dichas normativas. El Miembro Comerciante acepta no hacer responsable a la compañía por cualquier medida o decisión adoptada por la compañía para cumplir con el ordenamiento jurídico aplicable.
* La compañía se reserve el derecho de aprobación final de este Acuerdo y puede rechazar la aceptación de cualquiera como Miembro Comerciante por cualquier razón discrecional que estime conveniente.
* Se prohíbe usar nuestros sitios, servicios, herramientas si careces de capacidad legal para contratar, o has sido temporal o definitivamente suspendido de usar nuestros sitios, servicios o herramientas
* La persona abajo firmante asegura y garantiza que está autorizada para firmar este Acuerdo en nombre del Miembro Comerciante.
* El Miembro Comerciante asegura y garantiza que ha facilitado a la compañía con, y que lo hará durante la duración del Acuerdo de uso de los servicios de ésta, información actualizada, correcta, acertada, completa y verídica.
C. CUENTA
El Miembro Comerciante acepta que:
* Las personas físicas que abran una cuenta deberán ser mayores de edad conforme a la legislación del país de su nacionalidad. Para abrir una cuenta, deberá probarse a la compañía cuál es la mayoría de edad establecida en el país de la nacionalidad, adjuntando copia de la parte de la norma legal que la determine.
* Los usuarios particulares (personas físicas o jurídicas) podrán usar un alias o nombre de usuario que no tiene por qué coincidir con el real a fin de preservar su intimidad e identidad en la web, sin perjuicio de las exigencias de identificación fehaciente que se deriven de la contratación entre las partes. Las Administraciones y personas jurídicas públicas deberán usar en todo momento un nombre de usuario coincidente con el nombre oficial.
* La apertura de una cuenta como Miembro Comerciante conllevará la necesidad de previa identificación documental de la identidad real ante la compañía, quien archivará dichos datos, a fin de cumplir con la legislación vigente en materia de prevención de delitos de blanqueo de capitales y otros.
* Las Tasas de Registro del Miembro Comerciante son, en principio, gratuitas; nos reservamos el derecho a introducir Tasas de Registro posteriormente.
* La compañía realizará un Cargo de Mantenimiento anual por cada cuenta de ECU.
* No creará más de una cuenta de Miembro Comerciante.
* No transferirá su cuenta a un tercero sin la previa autorización por escrito de la compañía.
* No creará una cuenta en favor de un tercero sin su permiso escrito explícito.
* No solicitará información de entrada (login) o accederá sin consentimiento a una cuenta que pertenezca a un tercero.
* Ceder el login para hacer uso de tu cuenta personal (p.ej. dando passwords) está prohibido. Eres responsable de las acciones realizadas por otros en tu cuenta, salvo que inmediatamente informes de abuso de tu cuenta a la compañía.
* Se prohíbe limitar o impedir el acceso de otros usuarios a nuestros servicios
* Se prohíbe cambiar o borrar cualquier dato personal de otros.
D. PAPEL MONEDA
* La compañía se reserva el derecho a introducir papel moneda de ECU, en la forma, cuantía y momento que estime oportuno.
* El papel moneda podrá ser adquirido directamente de la compañía o bien mediante un intermediario que ésta designe expresamente y publicite. La adquisición del papel moneda podrá ser objeto de una tasa a fin de cubrir los costes de su elaboración, manipulación, seguridad y distribución.
* El papel moneda contará con las medidas de seguridad oportunas para tratar de evitar su falsificación.
* El papel moneda falsificado no será en ningún caso redimible por ECU electrónicos o físicos, y la compañía se reserva el derecho a realizar las pruebas y operaciones de seguridad y comprobación que estime oportunas para asegurarse de la validez del papel moneda que trate de canjearse.
* Se prohíbe la falsificación del papel moneda que se emita. Se actuará penalmente contra los infractores.
* Se prohíbe violar la ley o iniciar o financiar actividades ilícitas usando el papel moneda. El Miembro Comerciante acepta que no adquirirá ni usará la moneda privada para propósitos de blanqueo de capitales ni para cualquier otra actividad ilegal. La compañía podrá implementar políticas preventivas al respecto conforme a la legislación vigente.
E. SEGURIDAD
* Se prohíbe violar la ley o iniciar o financiar actividades ilícitas usando nuestro servicio. Cualquier constatación, noticia o sospecha fundada al respecto dará lugar a la inmediata congelación y cierre de la cuenta del Miembro Comerciante, poniéndola a disposición de las autoridades para que decidan sobre el destino del contenido de la misma.
* Se prohíbe distribuir mensajes o medios que contengan spam, virus o troyanos, bots u otro software malicioso o tecnología que dañe nuestros servicios de funcionar correctamente o ponga a otros usuarios en riesgo, dañe sus intereses o propiedades.
* Se prohíbe cualquier robot, araña, scraper u otros medios automáticos de acceso a los sitios con cualquier propósito.
* Se prohíbe iniciar actividades que interfieran con el correcto funcionamiento de las páginas web, de nuestros servicios y herramientas. Tampoco intentarás testar la vulnerabilidad de nuestros servicios o realizar ingeniería inversa en cualquier software usado para facilitar nuestros servicios
F. CONTENIDO E INFORMACION
* Subir contenido a la página web que sea ofensivo, violento, intimidatorio, amenazante, acosador, discriminatorio, odioso, abusivo, difamatorio, vulgar, obsceno, calumnioso, invasivo de la privacidad u objetable por otras razones legales o de moralidad pública está prohibido.
* No postearás en la web los documentos de identidad de nadie.
* Las comunicaciones de carácter comercial (spam) sin consentimiento explícito escrito de la compañía está prohibido.
* Postear información incorrecta, falsa, inexacta, engañosa o difamatoria está prohibido.
* Postear información personal y contenido de naturaleza personal de otros que no sean tú mismo está prohibido.
* Recoger o de cualquier forma obtener información de los usuarios, incluyendo emails, domicilios y números de teléfono, sin su explícito consentimiento está prohibido.
G. DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL
* Todo el contenido de la página web, incluyendo material con copyright y marcas, son propiedad de la compañía o licenciada a la misma, y está protegido por derechos de propiedad intelectual. Este contenido es solo para uso privado no comercial. Como usuario no estás autorizado para copiar, reproducir, modificar, distribuir, exponer públicamente o crear trabajo derivado de cualquier contenido sin el permiso explícito escrito de la compañía. Las partes reconocen y aceptan que el Miembro comerciante no adquiere ningún derecho o licencia de ningún contenido de la página web, y que los derechos de propiedad intelectual de todo el contenido de la página web permanecerán, sujetos a cualquier derecho de tercero, en propiedad de la compañía.
* Violar los derechos de propiedad intelectual de terceros está prohibido.
H. COMERCIO ELECTRONICO Y PUBLICIDAD
* Una puja u oferta no crea un contrato formal entre comprador y vendedor.
* No incumplirás con la entrega de bienes comprados de ti, salvo que el comprador incumpla los términos explicitados, o que no puedas autenticar la identidad del comprador.
* No incumplirás tu obligación de pagar por bienes comprados por ti, salvo que el vendedor haya cambiado materialmente la descripción de los bienes tras tu puja, el vendedor incumpla su obligación de entrega de los bienes y servicios, exista un claro error tipográfico, o no puedas autenticar la identidad del vendedor.
* No manipularás el precio de ningún bien o interferirás con las listas de otros usuarios.
* Los anuncios deberán ubicarse bajo la categoría apropiada.
* Las reseñas de productos no deberán contener datos personales del anunciante.
* Las reseñas de productos no deben contener contenido comercial (p.ej. links a webs de un competidor)
* Las ofertas y ventas electrónicas se regirán por la legislación comercial y publicitaria aplicable al respecto.
I. USO DEL NOMBRE
* El Miembro Comerciante puede informar públicamente que es miembro del servicio de moneda complementaria ECU. Sin embargo, el Miembro no puede identificar ningún producto o servicio como respaldado, esponsorizado o asociado con la compañía o con la moneda complementaria.
* La compañía tiene derecho a incluir el nombre del Miembro Comerciante en cualquiera de las listas publicadas por la compañía, y anunciar y publicitar que ese Miembro Comerciante se ha unido al servicio prestado por la compañía.
4. Administración del esquema y de la moneda complementaria.
A. MONEDA Y PAGO
* El ECU (ELECTRONIC CURRENCY UNIT) es una moneda o unidad de cuenta privada, que opera como unidad de cuenta y medio de pago contractualmente aceptado por y entre todos los Miembro Comerciantes. Su símbolo es Ê.
* Existirá durante el funcionamiento del presente esquema monetario privado un máximo de VEINTE MILLONES de ECU (20.000.000.000 Ê) disponibles. Cada ECU se subdividirá fraccionariamente en 100 céntimos de ECU. Los mismos se distribuirán de la siguiente forma:
- QUINIENTOS MIL de ECU (500.000 Ê): serán propiedad de la compañía y de libre disposición por la misma.
- DIECINUEVE MILLONES QUINIENTOS MIL ECU (19.500.000 Ê):
o DIECIOCHO MILLONES de ECU (18.000.000 Ê) serán distribuidos entre los Miembros Comerciantes que abonen una Tasa de Minería;
o UN MILLON QUINIENTOS MIL ECU (1.500.000 Ê) serán vendidos por la compañía libremente a los Miembros Comerciantes.
Este párrafo es inviolable y no podrá ser modificado unilateralmente por la compañía.
* Cada Miembro Comerciante que abone a la compañía una Tasa única por Derecho de Minería (tasa que refleja análogamente el coste hipotético de hardware, software y gasto eléctrico consumido para “minar” criptomonedas), y que podrá ser abonada ilimitada y cumulativamente, obtendrá respectivamente 1 ECU/día o 2 ECU/día (o bien la cantidad vigente determinada según las condiciones en cada momento fijadas por la compañía) hasta que se agote un máximo TRES MILLONES SEISCIENTOS MIL ECU (3.600.000 Ê) generados cada año durante 5 años, hasta los DIECIOCHO MILLONES de ECU disponibles. Las monedas no generadas y distribuidas cada año se acumularán en una bolsa, cuyos ECU serán generados y distribuidos a partir del 6º y/o subsiguientes años, con un máximo generado y distribuido de UN MILLON de ECU cada año hasta que se agoten con el tiempo todos los ECU destinados a ser generados y obtenidos entre los Miembros que hayan abonado la Tasa de Derecho de Minería. Los Miembros Comerciantes también podrán obtener ECU mediante su compra a la compañía (hasta que se agoten los ECU disponibles para la venta) o mediante su adquisición de otro Miembro Comerciante que los venda. La compañía establecerá cada día un precio oficial de venta de los ECU disponibles de la misma, que se incrementará o reducirá según las condiciones fijadas por la compañía y hasta que se vendan la totalidad de los ECU disponibles. Los terceros podrán vender los ECU en cualquier momento al precio que libremente acuerden las partes en el mercado.
Este párrafo es inviolable y no podrá ser modificado unilateralmente por la compañía.
* El Miembro Comerciante no podrá exigir de la compañía la recompra ni la conversión de los ECU a cualquier moneda oficial, pudiéndose realizar en su caso dicha conversión o recompra de manera totalmente voluntaria y discrecional, conforme a las normas y condiciones vigentes establecidas por la compañía en cada momento. La conversión o recompra de moneda privada a o por otra moneda oficial podrá ser objeto del cobro de una Tasa de Cambio por la compañía según las condiciones vigentes fijadas por la compañía.
* La moneda privada ECU estará depositada y computada en cuentas específicas en dicha moneda, las cuales no generarán intereses.
* La compañía se reserva el derecho a introducir una Tasa de Operaciones para cada intercambio o compraventa en que se usen ECU.
* Los cargos por mantenimiento de cuenta y las tasas se deducirán por la compañía automáticamente de la cuenta del Miembro Comerciante sin requerirse su consentimiento previo, entendiéndose el mismo tácita y automáticamente concedido para cada caso con la firma del presente.
* Las tasas pagadas a la compañía no serán objeto de devolución. Si los compradores o vendedores, o pagador y pagado no completan el negocio jurídico, o si el cumplimiento de las obligaciones de las partes está en disputa, la compañía no estará obligada a devolver ninguna de las tasas que haya recibido.
* La existencia de concesión de préstamos por la compañía queda sujeta a la discrecionalidad de la misma, y únicamente hasta el límite de moneda privada que la compañía posea y haya adquirido por cualquiera de las vías o fórmulas autorizadas para ello. En ningún caso existirá una cantidad de moneda privada superior a la indicada anteriormente como límite del esquema monetario.
* El Miembro Comerciante acepta que no usará la moneda privada para propósitos de blanqueo de capitales ni para cualquier otra actividad ilegal. La compañía podrá implementar políticas preventivas al respecto conforme a la legislación vigente.
* El Miembro Comerciante acepta que no tratará de falsificar la moneda privada, o realizar cualquier otra actividad financiera ilegal, como manipular los balances de las cuentas o las transacciones y negocios jurídicos realizados. La compañía podrá implementar políticas preventivas al respecto conforme a la legislación vigente.
* El Miembro Comerciante acepta que no intentará eludir o manipular 1) cualquiera de las estructuras de pago de tasas si las mismas han sido establecidas, 2) el proceso de pago y de cargo en cuenta. La compañía podrá implementar políticas preventivas al respecto conforme a la legislación vigente.
* El Miembro Comerciante acepta que no se verá envuelto ni iniciará ningún esquema piramidal usando la moneda privada. La compañía podrá implementar políticas preventivas al respecto conforme a la legislación vigente.
* Los servicios telefónicos de la compañía, en sí mismos, están libres de cualquier cargo o tasa, sin embargo usted queda advertido que los operadores telefónicos seguirán aplicando sus tarifas y cargos normales (SMS, internet)
* Cuando el Miembro Comerciante nos facilita un medio de pago (p.ej. tarjeta de crédito o débito), confirma que le está permitido el uso de ese medio de pago.
* Si el Miembro Comerciante cree que se ha realizado una transacción no autorizada o problemática desde su cuenta, el mismo acepta su deber de notificárnoslo inmediatamente.
* La moneda privada no es una moneda o medio de pago legal u oficial, sino que es una unidad de cuenta privada de carácter contractual entre los miembros participantes del esquema monetario.
* El Miembro Comerciante conoce y garantiza a la compañía el derecho y la potestad de regular y controlar la cantidad y flujo de dinero privado emitido dentro del esquema de la red, con el límite máximo antes indicado.
* La compañía se reserva el derecho a cambiar, mejorar, modificar o limitar el servicio o cualquiera de sus funciones relacionadas, cargos y tasas, bonus/malus, o aplicaciones en cualquier momento con carácter temporal o permanente. La compañía además se reserva el derecho de introducir nuevos aspectos, funcionalidades, aplicaciones o condiciones al servicio o a futuras versiones del servicio sin consultar o notificar previamente al Miembro Comerciante. Las nuevas tasas serán notificadas a los miembros de la red con antelación no inferior a 3 días naturales.
B. IMPUESTOS
* El Miembro Comerciante será el responsable único ante las autoridades tributarias de percibir y abonar, en su caso, los impuestos que legalmente sean aplicables a los negocios jurídicos realizados. Bajo ninguna circunstancia la compañía será responsable del abono de los impuestos en nombre del Miembro Comerciante. Los negocios jurídicos y transacciones que usan la moneda privada son tratados generalmente desde el punto de vista tributario como sujetos a tributación; la compañía notificará a las autoridades tributarias la información que ésta requiera en el marco legal vigente. La declaración y abono de impuestos derivados de transacciones comerciales es responsabilidad única del Miembro Comerciante. El Miembro Comerciante acepta indemnizar y a mantener indemne a la compañía por cualquier acción administrativa o judicial que la compañía deba cumplir conforme a la legislación aplicable.
* Los miembros Comerciantes deberán incluir el IVA en sus precios denominados en la moneda privada cuando provean de bienes y servicios de forma profesional. Hasta tanto la Administración Pública acepte cobrar los impuestos en la moneda privada, el IVA y demás impuestos deberán abonarse por separado en la moneda del país donde tenga lugar la transacción comercial según la legislación aplicable al negocio jurídico efectuado.
5. Privacidad.
* La compañía utilizará la información recopilada únicamente con el propósito descrito en la Política de Privacidad. La compañía se reserve el derecho de ceder dicha información a la policía o a las autoridades administrativas o judiciales que legalmente lo requieran si creemos fundadamente que se ha vulnerado la ley.
* La información personal de los Miembros Clientes es confidencial, y el Miembro Comerciante deberá no difundir la misma a terceros sin el previo consentimiento del Cliente. Aceptando este Acuerdo confirmas también que aceptas nuestra Política de Privacidad. El Miembro Comerciante tendrá derecho a revelar la información del Miembro Cliente si así lo requiere un órgano judicial penal, la Fiscalía o las autoridades policiales competentes en el marco de una investigación criminal.
6. Suspensión o Terminación
A. TERMINACIÓN VOLUNTARIA:
El Miembro Comerciante se reserva el derecho de terminar con este Acuerdo con un preaviso mínimo de un mes desde que dé noticia escrita al respecto a la otra parte. El Miembro Comerciante deberá remitir un email al de la compañía, expresando su deseo de terminar su membresía en el esquema de moneda privada. Para poder poner fin efectiva y legalmente a la membresía, el Miembro Comerciante deberá además dejar a cero su cuenta tras la notificación de finalización realizada con el preaviso indicado. No se devolverá ninguna tasa o cargo cobrado a quien se salga del esquema de moneda privada.
B. TERMINACION INVOLUNTARIA:
En caso de que exista una sospecha razonable de que un Miembro Comerciante está violando el Acuerdo, o actúa de forma inconsistente o con ánimo defraudador respecto de este Acuerdo, la compañía tiene el derecho a inmediatamente y sin preaviso:
1. Limitar, suspender o terminar nuestros servicios ofrecidos a la cuenta del Miembro Comerciante, de modo temporal o definitivo. Podemos congelar toda la actividad en la cuenta sin previo aviso restringiendo el acceso de dicho Miembro Comerciante a nuestros servicios.
2. Hacer ajustes a las transacciones y pagos implicados, incluyendo la cancelación de cualquier transacción, prohibir cualquier pago realizado, o revertir el citado pago.
3. Remover el contenido alojado, incluyendo mensajes, documentos o anuncios.
4. Tomar cualquier medida legal o técnica para protegernos de quienes hayan vulnerado el Acuerdo.
5. Facilitar a las autoridades tributarias, legales o judiciales cualquier contenido o dato personal, previo requerimiento legal por su parte.
El Miembro Comerciante no tratará de esquivar o evitar cualquier medida que podamos tomar contra las violaciones de este Acuerdo.
Tenemos el derecho, pero no estamos obligados, a mediar sobre quejas de violaciones del Acuerdo entre Miembros Comerciantes.
Garantizas a la compañía el derecho a mediar y a resolver, a nuestra discreción y en equidad, las citadas quejas. Como resultado, la compañía podrá readmitir a los Miembros Comerciantes o descongelar sus cuentas. En los casos graves o complejos, la compañía remitirá a las partes a que diriman su conflicto ante los tribunales de justicia y conforme a la legislación aplicable.
C. DISOLUCIÓN:
Si la compañía desapareciese o de cualquier forma o por cualquier causa cesase en el negocio, el Miembro Comerciante recibirá notificación por escrito en el plazo mínimo de 24 horas antes de dicha circunstancia, así como información de la nueva compañía que continuará en su caso administrando el presente esquema de moneda privada.
7. Miscelánea
ACUERDO COMPLETO: El Miembro Comerciante conoce que no existen ni puede alegar explicaciones verbales adicionales en relación con este Acuerdo, y que el Acuerdo complete entre las partes se contiene en este Acuerdo y los documentos recogidos en el mismo.
GARANTÍA DE INFORMACIÓN: El Miembro comerciante garantiza que facilita toda la información a la compañía de buena fe y que esa información es tan acertada, precisa y real hasta el máximo conocimiento del Miembro Comerciante.
INEXISTENCIA DE DESISTIMIENTO O RENUNCIA: La falta de o retraso en el ejercicio de un derecho por la compañía no significará una renuncia o desistimiento del mismo, ni el ejercicio parcial de un derecho precluirá el derecho de hacerlo más adelante o el más tardío ejercicio de cualquier otro derecho. Las acciones de la compañía son acumulativas y no exclusivas de cualquier otra acción que conceda la legislación. Cualquier exención de cualquier término de este Acuerdo deberá constar por escrito.
SEPARACIÓN: Todas las cláusulas contenidas en este Acuerdo son separables de cualquier otra cláusula. Si cualquier cláusula deviniese inaplicable judicialmente, no afectará a la aplicabilidad del resto de ellas contenidas en el Acuerdo.
INDEMNIZACIÓN: El Miembro Comerciante conoce que el esquema de moneda privada contenido en este Acuerdo es un programa monetario relativamente novedoso y que carece apenas de precedentes a escala mundial, por lo que su éxito y resultados son desconocidos empíricamente, y solo pueden preverse teóricamente. El Miembro Comerciante acepta mantener indemne e indemnizar a la compañía, sus oficiales, agentes, representantes, asociados y designados de cualquier pérdida, responsabilidad o daño que pueda resultar de la participación de los Miembros Comerciantes en cualquiera de las transacciones, actividades, programas, promociones o anuncios de la compañía, incluidos los honorarios y gastos de abogados y procuradores, y condenas en costas, en caso de conflictos o litigio resuelto en vía judicial o arbitral.
EXIMENTE DE GARANTíAS Y RESPONSABILIDAD:
* La compañía no respalda ni garantiza, ni expresa ni implícitamente, y se exime de toda responsabilidad, en relación con el nivel de calidad, fecha de entrega, estado del producto, precio o cualquier otro término de las transacciones que se realicen.
* El Miembro Comerciante conoce que la compañía no está envuelta ni tiene interés propio en las transacciones entre Miembros Comerciantes compradores y vendedores. El Miembro Comerciante deberá usar del mismo cuidado en el uso de la moneda privada como si lo estuviese realizando en dinero legal en efectivo. De este modo, el Miembro Comerciante acepta indemnizar y mantener indemne a la compañía en relación con cualquier reclamación o responsabilidad, que resulte de cualquier transacción o negocio jurídico en el que el Miembro Comerciante sea comprador o vendedor, pagador o receptor de dinero privado.
* El Miembro Comerciante conoce que cualquier transacción facilitada por la red de Miembros Comerciantes y en la web de la compañía, se realiza sobre una base totalmente voluntaria.
* El Miembro Comerciante acepta renunciar a cualquier acción, reclamación, exigencia de deuda o de responsabilidad de cualquier tipo contra la compañía derivado de un mal funcionamiento del hardware o software informático, o errores de procesamiento de las operaciones.
* La compañía no será responsable de cualquier pérdida (incluyendo lucro cesante), desventaja o daño directo o indirecto resultado del uso de nuestros servicios, salvo en caso de dolo o culpa grave de la compañía.
* La compañía no acepta ninguna responsabilidad por el abuso de nuestros servicios por otros Miembros Comerciantes, usuarios o no usuarios, o los daños directos o indirectos a Miembros Comerciantes, usuarios o no usuarios, consecuencia de la violación de los Términos y Condiciones o de este Acuerdo.
* La compañía no tiene control y no garantiza la calidad, seguridad, precisión, antigüedad o legalidad del contenido subido por otros usuarios, incluyendo los ratings y revisiones.
* El Miembro Comerciante conoce y acepta que la compañía no podrá ser requerida para monitorizar activamente ni ejercitar ningún control editorial sobre el contenido de la página web.
* La compañía no puede garantizar el funcionamiento correcto e ininterrumpido de la página web, y la misma puede tener referencias y links a otras webs que no son propiedad de la compañía, la cual no será responsable del contenido y funcionamiento de esas otras webs.
* La compañía no promete ni garantiza un mínimo número de negocios, profesionales y clientes, ni de sectores ni ámbito territorial, que harán uso de la moneda privada.
FUERO:
En caso de disputa entre la compañía y un Miembro Comerciante que resulte en una reclamación del segundo contra la primera, el Miembro Comerciante acepta que la disputa se resuelva conforme a estos procedimientos y condiciones:
* Arbitraje: para cualquier reclamación, podrá utilizarse el arbitraje conforme a la legislación vigente en dicha materia. Se designa por ambas partes a la Asociación Europea de Arbitraje de Derecho y Equidad (AEADE), en España, como administrador del arbitraje, que será en derecho, y que será realizará mediante el nombramiento de un solo árbitro de reconocido prestigio en materia mercantil y de comercio. Todas las tasas, cargos, gastos y honorarios del arbitraje correspondientes a ambas partes correrán siempre de cuenta del Miembro Comerciante, quien renuncia expresamente a su derecho a cobrar las costas en caso de que las mismas fueran impuestas a la compañía en caso de condena.
* Litigación: si las partes no recurriesen al arbitraje, cualquier conflicto contra la compañía se resolverá exclusivamente por los Juzgados y Tribunales de Madrid capital (España), con exclusión de cualquier otro fuero que pudiese corresponder a las partes.
* Este Acuerdo está realizado conforme y la resolución de cualquier conflicto se regirá de acuerdo con la legislación española.
8. Contáctanos.
Juntos podremos conseguir que los sitios webs y servicios funcionen correctamente. Por favor, informa de cualquier problema, violación o fallo que detectes. Trataremos de responderte lo más rápido posible y tomaremos las medidas apropiadas para mejorar nuestro servicio.
4. UNDERTAKING AND ACCEPTANCE
I accept the above terms of use and conditions and undertake further to:
4.1 | Negotiate a fair trade with other members. |
4.2 | Keep my personal contact details, my offerings and wants updated. |
4.3 | Enter transactional information as soon as possible after a transaction takes place. If I do not have the means to do it myself, I will get another user to do it for me or provide the details to a co-ordinator or the administration. |
4.4 | Regularly review my offerings and ensure that they provide sufficient information for others to engage in trade with me. |
4.5 | Actively promote my offerings if my account balance is a large negative amount and remains there for a period of more than one month. |
4.6 | To make every effort to keep my balance within the limits prescribed or suggested by the administration from time to time. |
4.7 | Advise the administration if I should wish to de-register or move from one exchange to another. |
4.8 | Contribute in cash to clear my account if I should de-register or if my account should become stale, on the basis of one Euro for every ECU outstanding. |
4.9 | I nominate my email address as used on the exchange as the address at which I choose to receive communications and notices. |
By clicking here I acknowledge that I have read the above terms of use and conditions and are bound by them to the CES and ECUC and their administrators as well as to other users. I am also subject to prevailing terms and conditions regarding inter-group trading. I acknowledge further that these terms and conditions may be changed by the CES or ECUC administration from time to time and I undertake to keep myself abreast of any changes. Participation will be subject to the terms of use prevailing at the time.