PROTRANS
Términos y condiciones de uso

 

 

 TÉRMINOS Y CONDICIONES DE USO Y FUNCIONAMIENTO

 

1.1 ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN

 

En la actualidad existe un grupo motor, que forma la Asamblea general de La Comunidad integrada por diferentes departamentos de trabajo:

 

 

Los miembros de la Comunidad que deseen integrarse y participar directamente en el desarrollo de la red a través de los diferentes departamentos de trabajo deberán tener antigüedad mayor a 6 meses y enviar su solicitud vía mail.

1.2 TOMA DE DECISIONES

 

 los acuerdos se adoptarán utilizando el sistema de consenso entre los departamentos

 

Con el fin de que las decisiones adoptadas en asamblea sean ampliamente representativas, se definirá con base en votación para asuntos trascendentales y para los demás temas se enviara un comunicado informando.

 

 

1.3 MONEDA SOCIAL

 

PRTS utiliza como medio de cambio para valorar las transacciones comerciales una moneda social propia y local: el escudo.

 

El escudo tiene una equivalencia de 1 escudo = 1 peso, esta equivalencia simplemente se emplea como referencia a la hora de establecer los precios.

 

El símbolo del escudo es el asterisco (*) como símbolo de unión.

 

 

 

1.4 INTERCAMBIOS BASADOS EN ESCUDOS

 

El titular de la cuenta no podrá utilizar el sistema para anunciar ofertas basadas exclusivamente en Pesos.

 

Todas las ofertas deberán contener una parte del valor en escudos. Los posibles gastos adicionales asumidos por el vendedor/ofertante para poder completar la oferta (transporte, combustible, alquiler de locales, material, etc.) podrán ser requeridos en pesos al comprador, al margen del precio de la oferta. Siempre y, en todo caso, tendrán dichos gastos que constar claramente en la oferta, especificando el concepto, el importe total y el pago en pesos que deberá realizar el comprador. 

 

La Asamblea General podrá valorar y, según el caso, desestimar o aprobar la realización de intercambios fuera de los valores establecidos.

 

1.5 MIEMBROS DE PRTS

 

Solamente los usuarios registrados titulares de una cuenta pueden utilizar el sistema para publicar ofertas y hacer intercambios. Ninguna tercera persona puede comerciar a través de la cuenta de un titular. En las cuentas compartidas se debe nombrar a una persona como responsable de la cuenta.

 

El registro de la cuenta de PRTS se realiza a través de la página web de CES (Community Exchange System ).

 

mobi.community-exchange.org

 

Serán los diferentes coordinadores de zona miembros del departamento de dinamización de intercambios los encargados de recibir, e informar a los solicitantes.

 

1.6 SISTEMA DE ANOTACION

 

Los usuarios de PRTS utilizarán dos herramientas para anotar las transacciones de intercambio que realicen: Los recibos y la cuenta en el sistema CES.

 

El formato de los recibos tiene que contener firma y cuenta de vendedor y comprador,  monto en escudos o escudos y pesos, bien o servicio transado.

 

Será el vendedor el responsable de llevarlos. Estos servirán para ayudar a la anotación, y servirá como prueba ante posibles conflictos.

 

La inclusión y consulta de las ofertas y demandas de bienes, servicios y actividades se realiza obligatoriamente por medio del sistema CES.

 

1.7 NORMAS LEGALES

 

Las transacciones realizadas en escudos se regirán por los mismos principios y normas legales que las normalmente realizadas en pesos.

 

1.8 TRANSACCIONES

 

Las operaciones se introducirán en el grupo PRTS por parte del vendedor y de acuerdo a las bases indicadas por el proveedor del sistema en el sitio web de CES, cuyos procedimientos podrán cambiar de acuerdo a las mejoras que los gestores.

 

1.9 TASAS DE USO

 

1.9.1 Si la Asamblea General así lo decidiera la administración podrá cobrar impuestos a las operaciones realizadas.

 

1.9.2 se fija un impuesto de uso de la plataforma para términos de funcionamiento y mantenimiento administrativo del 4% en escudos para cada transacción.

 

1.10 LIMITES DE CRÉDITO/DÉBITO

 

Todas las cuentas nuevas se crean con un saldo de cero escudos.

 

Los titulares de cuenta tendrán derecho a comenzar a negociar sin tener un saldo positivo y podrán incurrir en un saldo negativo desde el inicio en sus cuentas.

 

El límite de saldo negativo (débito) que puede llegar a tener una cuenta se fija en

 

 -*50.000 

 

El límite de saldo positivo (crédito) que puede llegar a tener una cuenta se fija en +*300.000

 

No hay tasa de interés.

 

La Administración del sistema, tras decisión en la Asamblea General, establecerá y podrá variar los límites máximos al crédito y al débito en las cuentas previo aviso a los miembros.

 

1.11 CUANDO UN USUARIO SOBREPASA LOS LIMITES DE CRÉDITO O DÉBITO

 

Si un comprador excede el límite de débito será avisado y orientado a diversificar su oferta, y si persiste podrá ser rechazado por la administración.

 

Será el deber de cada vendedor en una transacción el asegurarse de que los compradores no han superado los límites al aceptar una transacción, avisando a la administración que mediará y reclamará, si el comprador no responde.

 

1.11.1 Las partes aceptan la jurisdicción de PRTS para las reclamaciones que pudieran surgir.

 

1.11.2 El vendedor tendrá derecho a reclamar ante PRTS la cantidad adeudada.

 

1.12 COMERCIO ENTRE GRUPOS DE INTERCAMBIO

 

El administrador tendrá derecho a poner límites a la cantidad de crédito en los intercambios comerciales con otros grupos, así como a establecer los términos y condiciones que rigen en el intercambio comercial con otros grupos de intercambio dentro del CES.

 

1.13 INFORMACIÓN DE LA CUENTA

 

Los saldos comerciales están disponibles para todos los titulares de la cuenta, no así los detalles de las compras individuales.

 

1.14 PUBLICIDAD

 

Las ofertas deben ser descritas con transparencia y honestidad en los anuncios. Los anuncios considerados ofensivos para los demás, inexactos, ilegales o contrarios a la ética del sistema podrán ser retirados por la administración sin consulta previa. Una oferta anunciada en el sistema equivale a una invitación para hacer negocios y no constituye una oferta irrevocable.

 

1.15 RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS 

 

1.15.1 Ante cualquier disputa que surgiere entre los titulares de cuenta, o entre la administración y cualquier titular de cuenta, el asunto será sometido a la mediación de la Asamblea General.

 

1.15.2 Si las partes no pueden ponerse de acuerdo sobre quién debe actuar en calidad de árbitro, se programará una cita a la que asistirá la administración. Si la administración de PRTS es en sí misma parte en la disputa, se recurrirá preferentemente a otro miembro de una bolsa de intercambio CES próxima, o si no es miembro, al menos, una persona que se comprometa a actuar con honestidad e imparcialidad demostrada y no remunerada.

 

1.16 SIN INTERESES 

 

Los titulares no podrán cobrar intereses por los préstamos de Escudos a otros miembros.

 

1.17 SOLAMENTE UNA CUENTA

 

A menos que sea autorizado por el administrador, los titulares sólo pueden operar con una cuenta en el sistema.

 

1.18 OBSOLESCENCIA

 

1.18.1 Si una cuenta no ha tenido movimientos en 2 meses se considerará cuenta obsoleta, notificándose al titular, que tendrá un tiempo de 1 mes para reactivar las transacciones o perder el saldo de crédito. 

 

1.18.1.1 Si hay saldo de débito (negativo) se procederá como si se hubieran superado los límites y se reclamará el pago del mismo.

 

1.18.1.2 Si este equilibrio de débito en una cuenta obsoleta no se salda dentro del plazo establecido por el administrador, este tendrá derecho a proceder como se señala en las cláusulas 1.11 y 1.15 anterior, como si la cuenta del titular hubiera superado sus límites.

 

1.18.2 Cualquier titular de una cuenta obsoleta, no tendrá derecho a volver a abrir una cuenta en un sistema vinculado a CES hasta que sus obligaciones con PRTS no se hayan cumplido. 

 

1.19 SALIDA DEL SISTEMA DE INTERCAMBIO

 

Si el titular de una cuenta desea dejar el sistema de intercambio voluntariamente, se aplicará la cancelación del registro por parte de la administración. En este caso se procederá en los mismos términos y condiciones relativos a las cuentas obsoletas indicadas en la Cláusula 1.18.

 

1.20 SUSPENSIÓN

 

1.20.1 La administración puede suspender una cuenta de cualquier titular que incumpla las normas de intercambio aquí recogidas o que sea considerada poco ética o contraria a las normas del CES. 

 

1.20.2 La Administración notificará a cualquier titular de la cuenta si su cuenta ha sido suspendida, y el titular de la cuenta tendrá un mes para reclamar ante PRTS. En caso de cancelación se procederá como si se tratara de una cuenta obsoleta tal y como se señala en la Cláusula 1.18 anterior. 

 

1.21 FONDOS DE RESERVA

 

1.21.1 En caso de que la administración no fuera capaz de recuperar las cantidades adeudadas en una cuenta obsoleta, el déficit se eliminará con cargo a un fondo de reserva establecido para este fin.

 

1.21.2 El fondo de reserva se constituirá con una parte de todos los cánones cobrados  por la administración, y de los saldos de las cuentas obsoletas.

 

1.21.3 Si el fondo de reserva queda al descubierto, la administración tendrá derecho a realizar una derrama de una sola vez en contra de todas las cuentas, con el fin de cuadrar la cuenta, habiéndose acordado previamente la cuantía en la Asamblea General. 

 

1.22 CAMBIOS Y REMUNERACIONES

 

La administración podrá cambiar los términos de uso, con el acuerdo previo de la Asamblea General. En tal caso, las condiciones aplicables serán las vigentes en el momento de la acción o transacción en cuestión, no las que regían en el momento de la inscripción del usuario. Igualmente y siguiendo el mismo procedimiento de acuerdo determinará, si fuera necesario, y así lo planteara y decidiera la Asamblea General, una remuneración en escudos para los coordinadores, miembros de la administración u otras personas que realizaran trabajos para PRTS, y que se considere deban obtener una retribución por el mismo.

 

2. RENUNCIAS

 

2.1 Ni el CES, ni PRTS son parte de la transacción comercial entre un comprador y un vendedor; se conciben como sistema de descuento de intercambio solidario de servicios dentro de la comunidad. No se aceptarán responsabilidades derivadas de un servicio o producto, ni en cuanto a la calidad, ni cantidad o fiabilidad de los mismos.

 

2.2 Ni el CES, ni el sistema de PRTS aceptan responsabilidad por cualquier pérdida o daño ocasionado a cualquier titular de la cuenta como consecuencia de la información recibida a través del sistema.

 

3. COMPROMISO Y ACEPTACIÓN POR PARTE DE LOS USUARIOS

 

Acepto las condiciones anteriores de uso y además me comprometo a:

 

3.1 Negociar un comercio justo, equitativo y solidario con los demás miembros.

 

3.2 Es responsabilidad de cada uno de los usuarios ofrecer un precio justo. Si la administración considerase que alguna de las ofertas es injusta en algunos de sus términos el caso será evaluado en la Asamblea General. 

 

3.3 Mantener mis datos de contacto personales, mis ofertas y demandas actualizados. 

 

3.4 Ingresar la información de las transacciones tan pronto como sea posible, después de que se haya llevado a cabo. Si no tengo los medios para hacerlo por mí mismo, me comprometo a solicitar a otro usuario que lo haga por mí, o proporcionar los datos de la transacción a un coordinador local, o a un responsable de la administración. 

 

3.5 Revisar periódicamente mis ofertas y garantizar que se proporcione suficiente información para que otros puedan participar en intercambios conmigo.

 

3.6 Promover activamente mis ofertas; si el saldo de mi cuenta alcanza números negativos, solicitar apoyo y orientación de la administración, especialmente si permanezco en números negativos por un período superior a un mes.

 

3.7 Hacer todo lo posible para mantener el equilibrio dentro de los límites establecidos  o propuestos por la administración.

 

3.8 Me asesoraré ante la administración si deseara cancelar el registro o moverme de sistema de intercambio a otra red dentro del CES. 

 

3.9 Si quiero borrar mi cuenta en Escudos, o queda obsoleta y no tengo demanda, podré contribuir en efectivo para borrar mi cuenta, sobre la base de un peso por cada escudo.

 

3.10 Estableceré al menos mi dirección de correo electrónico para que se utilice en el intercambio como la dirección única para recibir comunicaciones y notificaciones.

 

Al iniciar la sesión en mi cuenta en el sitio web de CES reconozco que he leído las reglas y condiciones anteriores, y conozco las obligaciones y responsabilidades del CES y de PRTS y sus administradores, así como de los otros usuarios.

 

También estoy sujeto a las normas vigentes relativas a la negociación inter-grupos dentro del CES. Reconozco, además, que estas reglas pueden ser cambiadas por el CES o la administración de PRTS, y me comprometo a mantenerme informado y asumir los cambios en estas reglas. La participación en CES y PRTS estará sujeta a las normas vigentes en cada momento.