Asociación Cultural Serendipia - Castilla-La Mancha
Términos y condiciones de uso

 

Si quieres registrarte con una cuenta el banco de intercambio de Ítaca - Cooperativa Integral, rellena el formulario que te aparecerá. En el plazo de 24 horas recibirás tu número de cuenta y contraseña que podrás usar para identificarte.

Para que tu registro sea aceptado son necesarios todos los detalles de contacto. Se pueden ocultar aquellos datos que no quieras exponer. Pero debes saber que tus datos no están abiertos a la red, sino sólo a los usuarios de CES para poder realizar los intercambios. Asegúrate especialmente de cumplimentar tu email para recibir las respuestas rápidamente. Puedes registrarte como persona, familia, empresa u organización. Tus datos no serán facilitados a nadie.

Por favor, facilítanos los detalles de los bienes y/o servicios que vas a ofrecer. Los grupos de intercambio son relativamente pequeños, comunidades pequeñas. Es importante que pienses en ofertas que puedan ser útiles.

Nota: por favor no te registres si es solo para echar un vistado al sistema. Puedes hacer click aquí para ve una demostración (en inglés)  que contiene la mayoría de las características que aparecen en el sitio real. Buscamos participantes activos que deseen intercambiar con otros miembros de sus comunidades.

1. TÉRMINOS Y CONDICIONES DE USO

1.1 SOLAMENTE TITULARES DE CUENTA

Sólamente el titular de una cuenta registrada puede utilizar el sistema para hacer publicidad y comercio. Ningún tercero puede comerciar a través de la cuenta del titular de la cuenta registrada. Las cuentas que sean comunes deben nombrar a una persona como titular de la cuenta.

1.2 INTERCAMBIOS BASADOS EN QUIJOTES

El titular de la cuenta no podrá utilizar el sistema CES para realizar ofertas basadas en Euros-solamente. Las operaciones pueden ofertarse y recibirse parte en Quijotes - parte en Euros, siempre que el componente en euros no exceda el componente Quijote, a menos que los euros sean necesarios para desembolsos realizados por el Vendedor

1.3 APLICACIÓN DE LAS LEYES DE COMERCIO

Las leyes comerciales normales entre terceros contratantes deberán regir todas las operaciones, y cada parte en una transacción asume las responsabilidades legales normales, obligaciones y riesgos.

1.4 PRIMERA OFERTA

Las cuentas de nueva creación deben realizar al menos una oferta al sistema. No se darán de alta cuentas sin ninguna oferta.

1.5 ENTRADAS

Las transacciones se introducen en el sistema por parte del Vendedor sobre la base indicada en el sitio web de CES. El procedimiento se podría cambiar en algunos casos (por ejemplo, en caso de no poseer conexión internet, será el coordinador el que introduzca los datos de la transacción).

1.6 COMISIONES

1.6.1

La administración tendrá derecho a cobrar comisiones contra operaciones realizadas a través del intercambio, así como cualquier parte en euros de una venta. La administración tendrá derecho a cobrar un canon, ya sea en Quijotes o euros contra la parte en euros de cualquier transacción realizada.

1.6.2

El importe de la tasa será el que pre-establezca la administración.

1.6.3

La administración tendrá derecho a utilizar las comisiones devengadas para gestionar y promover los objetivos de la Cooperativa Integral Ítaca, así como el CES.

1.7 LIMITES DE CRÉDITO/DÉBITO

1.7.1 La nueva cuenta se crean con un saldo de cero Quijotes.
1.7.2 La cuenta tendrá derecho a empezar a operar sin tener un balance positivo y puede así incurrir en un saldo negativo.
1.7.3 La administración se reserva el derecho de fijar un límite tanto al saldo positivo como al saldo negativo.
1.7.4 La administración puede fijar y ajustar los criterios según los cuales se limite una cuenta. Como resultado de esto, los límites de crédito y débito pueden variar de una cuenta a otra.

1.8 SUPERACIÓN DE LÍMITES

Será deber de cada vendedor en cada operación asegurarse de que los compradores no han superado sus límites antes de aceptar una transacción. Si el límite de débito de un comprador se supera la transacción puede ser rechazada por la administración, en cuyo caso:

1.8.1 El vendedor tendrá que tomar acciones contra el comprador personalmente.
1.8.2 Las partes aceptan someterse a los Juzgados y Tribunales del lugar de cumplimiento de la obligación. 
1.8.3 El vendedor tendrá derecho a reclamar la cantidad adeudada en Quijotes en euros sobre la base de un Quijote igual a un euro.

1.9 COMERCIO DE INTERCAMBIO

El administrador de CES tendrá derecho a poner límites a la cantidad de crédito que los intercambios comerciales pueden comportar vis a vis con otras bolsas, así como fijar los términos y condiciones que rigen el comercio de intercambio.

1.10 INFORMACIÓN DE LA CUENTA

Los saldos (movimientos) de la cuenta están disponible para su titular, pero los detalles de las compras individuales no.

1.11 OFERTAS

Las ofertas se deben describir honestamente. Las ofertas consideradas ofensivas para los demás, inexactas, ilegales o contrarias a la ética del sistema podrán ser retiradas por la administración sin previo aviso.

Una oferta anunciada en el sistema equivale a una invitación para hacer negocios y no constituirá una oferta irrevocable para todos.

1.12 RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS

1.12.1 Si cualquier otra controversia surgiera entre titulares de cuentas o entre la administración y cualquier titular de cuenta, el asunto se someterá a la mediación, o en su defecto, a un arbitraje.
1.12.2 Si las partes no pueden ponerse de acuerdo en la persona del árbitro se citará a las partes; si la disputa es entre titulares de cuentas, por la administración; si la administración es en sí misma parte en el procedimiento, por persona autorizada por CES. Cualquier persona nombrada debe ser preferiblemente un miembro de la CES, o si no es un miembro, entonces una persona que se compromete a actuar en calidad de honorario.
1.12.3 El árbitro estará facultado para hacer pagos por pérdidas o daños contractuales, pero no por las pérdidas o daños ocasionados de forma delectiva. El árbitro podrá también dictar un laudo sobre las costas. Todos los gravámenes serán en Quijotes. El administrador tendrá poder para disponer de débito o de crédito de cualquier cuenta dentro del sistema para dar cumplimiento a dicha orden o laudo.
1.12.4 La decisión del árbitro será definitiva y vinculante para todas las partes. El árbitro determinará los procedimientos a seguir en las audiencias y en caso de duda se aplicarán los procedimientos establecidos en la Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje de España.

1.13 SIN INTERÉS

Los titulares de una cuenta no podrán cargar intereses por préstamos en Quijotes realizados a otros miembros.

1.14 SOLO UNA CUENTA POR TITULAR

A menos que se autorice expresamente por la administración, un titular solo podrá operar con una cuenta en el sistema.

1.15 TITULAR DE LA CUENTA

A menos que se autorice expresamente por la administración, el titular de la cuenta debe ser una persona física.

1.16 CUENTAS OBSOLETAS

1.16.1 Si cualquier cuenta se considera obsoleta, a juicio del administrador, éste tendrá derecho a acceder a la cuenta, después de haber enviado una notificación previa a la cuenta del titular, en cuyo caso:
  1.16.1.1 Cualquier saldo se perderá a menos que el titular de la cuenta lleva su saldo de la cuenta a cero
  1.16.1.2 Cualquier saldo deudor será inmediatamente debido y pagadero
  1.16.1.3 Si dicho saldo deudor de una cuenta obsoleta no se salda con Quijotes o euros dentro del plazo fijado por el administrador, el administrador tendrá derecho a proceder contra el titular de la cuenta en los mismos términos establecidos en la cláusula 1.8 anterior como si el titular de la cuenta se hubiera excedido en sus límites. Para ello, el administrador tendrá derecho a emprender acciones en su propio nombre.
1.16.2 Cualquier titular de una cuenta obsoleta no tendrá derecho a volver a solicitar una cuenta con la Cooperativa Integral Ítaca o el CES hasta que haya cumplido con sus obligaciones para con la Cooperativa Integral Ítaca o el CES.
1.16.3 Una cuenta se convertirá automáticamente en obsoleta si no ha habido actividad en la cuenta durante un año. " No hay actividad " significa que o bien no ha tenido ninguna oferta o demanda desde el inicio de sesión de la cuenta del titular. 

1.17 BAJA EN EL SERVICIO

Si un titular de cuenta desea abandonar el intercambio voluntario, debe ponerlo en conocimiento de la administración para cancelar el registro de su cuenta. En tal caso, se aplicarán los mismos términos y condiciones relacionados con cuentas obsoletas como la Cláusula 1.16.

1.18 SUSPENSION Y FINALIZACIÓN

1.18.1 La administración puede suspender cualquier cuenta del titular que viole cualquier regla de comerciol o que actúe de manera considerada como inmoral o contrario a las normas de la CES.
1.18.2 La Administración deberá notificar a cualquier titular si su cuenta ha sido suspendida, y el titular de la cuenta tendrá catorce días para impugnar la suspensión. Si no hay impugnación, la administración entonces tendrá derecho a cancelar la cuenta, en cuyo caso será tratado como si fuera una cuenta obsoleta en términos de la Cláusula 1.16 anterior.

1.19 CAMBIOS

La Administración tendrá derecho a cambiar los términos de uso. En tal caso, las condiciones aplicables serán las vigentes en el momento de la acción o transacción en cuestión.

2. RECLAMACIONES

2.1 Ni el CES ni la Cooperativa Integral Ítaca son parte de cualquier transacción entre un comprador y un ofertador, y no aceptan ninguna responsabilidad por la actuación de terceros contratantes, ni en cuanto a su identidad o fiabilidad, ni en cuanto a la materia de cualquier comercio.
2.2 Ni el CES ni la Cooperativa Integral Ítaca aceptan responsabilidad alguna por cualquier pérdida o daño ocasionado a cualquier titular de cuenta como consecuencia de la información recibida a través del sistema estén disponibles para otros titulares de cuentas de la misma o de otra comunidad.
2.3 Los titulares de cuenta acuerdan indemnizar y eximir de responsabilidad a la CES y a la Cooperativa Integral Ítaca y la administración y cualquiera de sus empleados o agentes de cualquier incidente de pérdida o daño que surja de la utilización del sistema.

3. COMPROMISO Y ACEPTACIÓN

Acepto las condiciones y términos anteriores de uso y me comprometo además a:

3.1 Negociar un comercio justo con los demás miembros .
3.2 Mantener mis datos personales, mis ofertas y demandas actualizadas.
3.3 Introducir información transaccional tan pronto como sea posible después de que la transacción se lleve a cabo . Si no tengo los medios para hacerlo yo mismo, voy a tener otro usuario que lo haga por mí o proporcionar los datos a un responsable o la administración..
3.4 Revisar periódicamente mis ofertas y asegurarse de que proporcionan la información suficiente para que otros puedan ponerse en comunicación conmigo.
3.5 Promover activamente mis ofertas si mi saldo de cuenta es una gran cantidad negativa y permanece así por un período de más de un mes.
3.6 Hacer todo lo posible para mantener el equilibrio dentro de los límites establecidos o propuestos por la administración.
3.7 Dar conocimiento a la administración si debo desear dar de baja o pasar de una comunidad a otra .
3.8 Contribuir en efectivo para eliminar mi cuenta si se debe cancelar el registro o si mi cuenta se convierte en obsoleta , sobre la base de un euro por cada Quijote debido.
3.9 Nombro mi dirección de correo electrónico tal como se utiliza en el intercambio como la dirección a la que opto por recibir comunicaciones y notificaciones.

Al pulsar aquí confirmo que he leído las anteriores condiciones y términos de uso y están vinculados por ellos a la CES y la Cooperativa Integral Ítaca y sus administradores , así como a otros usuarios. También estoy sujeto a las condiciones que prevalecen en relación comercio entre comunidades CES. Además reconozco que estos términos y condiciones pueden ser modificadas por el CES o la administración de la Cooperativa Integral Ítaca en cualquier momento y me comprometo a mantenerme al tanto de cualquier cambio. La participación estará sujeta a las condiciones de uso vigentes en ese momento.